A través del número de personal asignado por la Entidad Patronal, que corresponderá al número de afiliado.
A través del número de personal asignado por la Entidad Patronal, que corresponderá al número de afiliado.
Se deberá realizar el Censo de todos los afiliados de la Caja de acuerdo a lo establecido en el Art. Nº 13 de la Ley de la Creación. Estos datos son utilizados para el Balance Actuarial, el cual deberá practicarse cada tres años.
El horario de atención, en las oficinas de la Caja, es de 07:00 a 15:00 hs., pudiéndose coordinar atenciones en horario posterior, en casos especiales y urgentes.
Para el cobro de sus préstamos en Tesorería de la Caja o suscribir las documentaciones de refinanciamiento de deudas, deberán presentar las Cédulas de Identidad Civil y fotocopias de las mismas, del titular y del cónyuge (si fuese casado/a).
En las oficinas de la Caja existen dos Mesas de Entradas, una para la presentación de solicitudes de préstamos de los afiliados exclusivamente y otra habilitada para la presentación de notas referentes a pedidos de jubilaciones, pensiones, afiliación voluntaria, devolución de aportes, levantamiento de hipoteca, certificados, documentos y otros.
Si el afiliado solicita un Préstamo Hipotecario o Levantamiento de Hipoteca, queda a elección suya la designación del escribano interviniente para realizar los trámites correspondientes. La Administración de la Caja de Jubilaciones no se hace responsable de las designaciones de los escribanos.
Los saldos no descontados de cuotas de préstamos de un mes determinado, pueden ser ingresados en la tesorería de la Caja hasta el día 10 del siguiente mes, sin intereses moratorios y en forma parcial o total.
La falta de pago de seis cuotas consecutivas de préstamos, tornará exigible el saldo total de la deuda y habilitará a la Caja para iniciar las acciones legales correspondientes.